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sábado, 29 de noviembre de 2014

LA PESADILLA DEL PROCESO POR LAVADO DE DINERO

LA PESADILLA DEL PROCESO POR LAVADO DE DINERO



¿Querían provocar a SATanás? Lo han conseguido. Los asesores fiscales de nada. Los efectos del proceso de lavado de dinero. Procesos sin beneficios. Decomisos y reparación de daño. La pérdida de la libertad por muchos años. Invocaron las fuerzas de la oscuridad por muchos años. Disfruten los frutos del pecado y del delito fiscal. Un contador especializado en fraude fiscal, lo que deben esperar los compradores de facturas.

¿Querían provocar a SATanás? Tantos años de comprar y comprar facturas, de vender esquemas de fraude, de creerse doctores, maestros o fecalistas del caño, han terminado y deben pagar el precio del delito, curso tras curso de tratar como idiotas al personal del SAT, de ofrecer remedios mágicos en los que cualquier pelagatos decía ser un genio del derecho fiscal, contadores convertidos en colosos, pero sin dejar de ser unos sebosos, enanos mentales con sueños de grandeza, esto ha terminado, por fin.
Lo han conseguido. Ahora viene el tiempo del castigo, de pagar más allá de lo que jamás se han imaginado por ignorancia absoluta, al vender el esquema de fraude, no sabían, ni tenían una maldita idea de lo que en realidad venden, años de prisión y perder su patrimonio, ese es el saldo del fraude fiscal y el lavado de dinero, pero que creen? Siguen con los esquemas de alta planeación fiscal con el fiscalista del año, el pasantillo oswaldillo reyes, todavía no han aprendido nada.
Los asesores fiscales de nada. De veras creen que un obeso de 200 kilos conoce derecho fiscal, y más si solo es contador o estafador, o no deja de ser un macuarro de tercera categoría, cada proceso penal por delitos fiscales lleva una carga inmensa de trabajo de estrategias fiscales, de análisis jurídico, de ver que son problemas en los que las autoridades tienen la razón, de que las facturas si son falsas, de que las empresas, no existen, de que todo el esquema es fraudulento, y todo esto viene de unas bestias que han llevado a sus clientes al infierno.
Los efectos del proceso de lavado de dinero. Estos son delitos graves que llevan a la delincuencia organizada y a la extinción de dominio, su origen es el fraude fiscal, con las modalidades ya conocidas, facturas falsas y empresas fantasmas, esquemas de Outsourcing, etc., lo que pocos por no decir, casi nadie conoce, son los esquemas de las estrategias de defensa que existen.
Recuerden amiguitos, primero va el proceso por fraude fiscal y después sigue el premio mayor, el delito de lavado de dinero, los procesos por delincuencia organizada, son a cereza del pastel y cuando les apliquen la ley de Extinción de Dominio, disfruten perder todo, ¡¡mil felicidades¡¡
Invocaron las fuerzas de la oscuridad por muchos años. Esquemas de alta evasión fiscal, o planeación fiscal, tasa cero, todo es deducible, sociedades civiles particulares, sociedades cooperativas, el fiscalista del año, todo tiene su origen en el fraude, que si gladiolo vende facturas, la defensa imposible, se enseñan a ganar juicios perdidos en seis horas, puntos finos, afinados refinados y taimados, y busque el nombre que quiera, todos ofrecían milagros para no pagar impuestos, así de sencillo.
Disfruten los frutos del pecado y del delito fiscal. Se llaman los colosos, los argajos, los anafinaetos, revistas especializadas como paf, defensa fiscal, pero sus conductas sn muy peligrosas, una de ellas otorgó el premio de fiscalista del año a un vulgar pasante, y eso la hace responsable de los esquemas delictivas que haya realizado este pequeño patán, la otra, tiene su propio esquema de Outsourcing, las sociedades civiles particulares, pero por si no bastara, estas revistas los promocionan como maestro y doctores, lo cual es parte del delito de usurpación de profesiones.
Un contador especializado en defraudación fiscal. Hay gentuza que así se llama, si respetamos las profesiones, debemos estar conscientes de nuestras limitaciones, pero decir que sin ser abogado se es experto en delitos especiales, es mucho, es como decir que un pasante en derecho es el mejor fiscalista de México, es un señuelo de una rata para engañar.
Procesos sin beneficios. Así que los grandes asesores creen conocer el infierno, lo van a conocer o al menos sus clientes, lo peor del derecho penal federal, ¿Qué es un proceso sin beneficio alguno?:
1.        No tiene derecho a libertad bajo caución, mientras dura el proceso,
2.       La Penalidad aumenta en una mitad, ya no es de 3 a 9 años de prisión, ahora es de 4.5 a 13.5 años de cárcel.
3.       Se le suman las conductas delictivas, fraude fiscal, lavado de dinero.
4.       La sanción en una condena, es de  reparación del daño.
5.       Otra sanción es el decomiso de bienes adquiridos de manera ilícita.
6.       Por lavado de dinero, la sanción es de 5 a 15 años de cárcel.
Decomisos y reparación de daño. Si todo el esquema de fraude fue por dinero, por tener una ganancia ilícita y rápida, pueden estar seguros de que van a perder todo su patrimonio y de un solo golpe, la reparación del daño abre las puertas al fisco para cobrar a través del PAE (Procedimiento Administrativo de Ejecución), y no como sanción administrativa, sino como ejecución de la pena de prisión.
En este sentido cambian las reglas de la defensa, ya no es un procedimiento contencioso administrativo, los genios que ganan hasta juicios perdidos, pero que no pueden perder peso, van a demostrar su profunda ignorancia en este campo, recuerde, son responsables civil y penalmente de todo esa situación.
La pérdida de la libertad por muchos años. El delito de lavado de dinero se castiga con la pena de 5 a 15 años de prisión, sin derecho a fianza, pero si suma la sanción por otros delitos, la pena de prisión puede llegar a ser de 4.5 años más por la evasión fiscal, más 4 de documentos falsos como delito autónomo, y la sanción es sucesiva, el resultado total llega a ser de 13.5 años de cárcel, sin derecho a beneficio, a menos que pague la reparación del daño, que siempre llega a muchos millones.
Lo que les espera a los compradores de facturas. Procesos penales fiscales muy delicados, muy especializados, y si creen que un contador es experto en delitos fiscales, o como se llama este engendro, especializado en defraudación fiscal, de veras que merecen perder libertad y patrimonio por tontos en extremo.

La avaricia de algunas personas llega a extremos, un contador especializado en delitos de fraude fiscal, es un fraude en sí mismo, lo que plasma en un diario, es una idiotez, pero son personas que engañan o tratan o consiguen engañar a algunos evasores que buscan ofertas, rebajas o descuentos cual buen fi, y eso sí es seguro, será su fin como empresarios, como personas y de todo a todo.

LA PLATAFORMA DE LA PGR PARA DETECTAR LAVADO DE DINERO

LA PLATAFORMA DE LA PGR PARA DETECTAR LAVADO DE DINERO




LA CERTIFICACIÓN DE PLD PARA EMPRESAS LEGÍTIMAS
Esquemas de detección de lavado de dinero. El control de la UIF de la PGR. El control de la CNBV. Problemas gratuitos por falta de previsión legal.

Las empresas legítimas. Evitar la evasión fiscal. Esquemas de control contable. El control financiero de las empresas. Una verdadera planeación fiscal. La certificación de PLD.
Esquemas de detección de lavado de dinero. La PGR ha establecido una nueva plataforma de detección de empresas que realizan operaciones y movimientos de lavado de dinero, estos son los ejes sobre los que basa esta plataforma:
1.            La detección de cuentas bancarias,
2.            El análisis del crecimiento en regiones y sectores. Análisis de información y actividades económicas por regiones,
3.            Evaluación de crecimiento de sectores y regiones,
4.            Detección de salarios anormales;
5.            Variables criminales, socioeconómicas y financieras de cuentas bancarias.
El control de la UIF de la PGR. Poco a poco comienzan a detectarse procesos por lavado de dinero, los cuales llevan consigo problemas muy fuertes, y de un costo económico y psicológico, como no existen otros, los movimientos financieros derivados de aquellos traspasos de dinero, de facturas falsas y de empresas fantasmas, se convierten en procesos de lavado de dinero, y muchos contribuyentes no saben o quieren creer que les está pasando a ellos, pero todo tiene su origen en los esquemas de Alta Planeación Fiscal, aunque usted no lo crea.
El control de la CNBV. Es un control sobre mecanismos financieros que ha golpeado a sociedades cooperativas de cajas de ahorro, A casi cinco años de haber iniciado operaciones, el mercado de las Sociedades Financieras Populares (Sofipos), pro sobre todo, las Sofomes que cuando no estaban reguladas, fueron el paraíso fiscal y financiero para lavar dinero de las Outsourcing y de las empresas fantasmas, por ello, la CNBV abre el fuego contra las sociedades cooperativas de las cajas de ahorro y las sofipos, como Ficrea, no tiene falla alguna la fiscalización, encuentran irregularidades que, es posible, se conviertan en delitos y en procesos penales por delitos financieros y de lavado de dinero.
Problemas gratuitos por falta de previsión legal. Para muchas empresas el enfrentar problemas de lavado de dinero o de multas por la aplicación de la Ley de PLD, es por ignorancia en el cumplimiento de obligaciones de dicha ley y las 30 leyes, reglamentos, decretos, acuerdos que se han publicado, todavía algunos contadores se creen expertos en los delitos de lavado de dinero, y pretender abrir cursos de enseñanza sobre el tema, pero cuando la ignorancia, va unida a la idiotez, lo único que llevan, son problemas muy serios.

Las empresas legítimas. Una empresa que es legítima no tendría que tener ningún problema ni fiscal, ni financiero y menos contable, siempre y cuando, llevara un control profesional sobre su contabilidad y su esquema fiscal y financiera fuera correcto, de ahí partimos para saber que el profesionista solitario, está pasando a ser historia, el futuro es de grupos o asociaciones de profesionistas, el contador especializado y el abogado fiscal y financiero, con el margen de prevención de delitos fiscales, delitos financieros y PLD.
Evitar la evasión fiscal. Dejar de lado los esquemas fraudulentos por completo, esta debería ser la primera premisa de toda empresa, demandar a los estafadores sin grados que les han robado por años, tanto para prever el golpe que se avecina, como para cambiar de mentalidad, quien desea seguir comprando facturas, no solo está desfasado, sigue en un pasado delictivo que pronto le va a pasar una factura terrible.
Esquemas de control contable. El 1 de enero de 2015 comienza la obligación de llevar la contabilidad digital, su contador:
1.       Sabe ¿cuáles son las obligaciones y consecuencias de esto?
2.       Su contador está realmente preparado para llevar este tipo de contabilidad,
3.       Conoce las consecuencias del buzón digital,
4.       Sabe lo que viene relativo a la certificación de PLD.
5.       Sabe que comprar facturas es delito calificado.
6.       ¿Asiste a cursos bazofia de argos, anafinet, los oswaldos o basura similar?
7.       Compra la carroña de paf, defensa fiscal y/o revistas que solo publican el DOF ya obsoleto.
Con una respuesta afirmativa a las preguntas 5, 6 y/o 7, ¡¡Cambie de inmediato de contador¡¡
El control financiero de las empresas. De la nada al parecer, ha aparecido un participante novedoso en el control de obligaciones financieras, la CNBV, por lo pronto ha comenzado a imponer sanciones en cajas de ahorro, Ficrea está intervenida, me pregunta alguien, cómo puede recuperar el manejo de su dinero en estos momentos intervenido por la CNBV, por sospechas de lavado de dinero de la institución, la respuesta es que esto si es posible a través de, …
Una verdadera planeación fiscal. Si todavía no se han dado cuenta de que la materia fiscal no es apta para idiotas, ladrones e imbéciles, no deberían leer estas aportaciones, la planeación fiscal NO ES COMPRAR FACTURAS, REPITO NO ES COMPRAR FACTURAS.

Si comprende esto perfectamente, podrá pasar a la siguiente etapa, la cual deberá consultar a un abogado profesional, siempre le resultará más barato que permanecer en prisión por diez años y perder todo su patrimonio.

LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA CNBV Y DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO (PLD)

LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA CNBV Y DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO (PLD)





Leyes financieras. La regulación de Instituciones Financieras. Las infracciones administrativas de instituciones financieras. Las intervenciones. La suspensión de actividades. La cancelación de permisos y registros. Multas millonarias por incumplimiento. Las obligaciones de instituciones financieras. Las obligaciones de empresarios.

El derecho fiscal y el sistema financieroA nadie le importaba hacer la relación entre ambos campos, el sistema financiero en México estaba para lavar dinero y esconder los frutos del fraude fiscal, se creaban cuentas en bancos al por mayor para esconder el fruto del fraude fiscal, las triangulaciones delictivas se hacen siempre a través del sistema financiero y la avaricia crecía y crecía en todos los órdenes, los expertos, se emborrachaban de avaricia delictiva, y esto es lo que van a pagar ahora.
La CNBV. De ser un organismo de control financiero, pasa a tener un papel preponderante en el mundo fiscal, ya que regula las certificaciones de prevención de lavado de dinero, las cuales avalan el comportamiento legal de movimientos fiscales, contables y financieros.
¿Queda claro el concepto? Vamos por pasos, avalar el comportamiento legal de intermediarios financieros de las empresas, en los asientos contables, fiscales y financieros y de prevención de delitos de LD, fiscales y delitos financieros.
Leyes financieras. Cuando muchos “expertillos” vendían sus esquemas de Outsourcing, con traspasos financieros, abrían diez cuentas para trasladar el dinero a bancos nacionales y extranjeros, estaban abriendo la caja de Pandora de delitos de lavado de dinero y delitos financieros, y lo peor o lo más ignorante, los delitos más fáciles de rastrear y más sencillos de probar y con penas muy severas.
Ley de PLD. Cuando entró en vigor esta ley, los contadores creyeron encontrar un nicho de mercado de la noche a la mañana, pero los estafadores fiscales, los que han robado por años, los oswaldos, los argos, los anafinetos, las revistas especializadas, que venden grados y reconocimientos, pensaron que este nicho de mercado era extensivo a los robos primarios.
Pero la realidad es que es una ley de prevención, de entregar informes, reportes y avisos, y de no hacerlo caen en infracciones administrativas con multas millonarias, es una ley de control, básicamente sobre operaciones contables y financieras, por si no lo han notado.
La regulación de Instituciones Financieras. Las Sofomes, instrumentos de fraude fiscal y de fraude a terceros, por la falta de control, pasan a ser el foco de atención de autoridades financieras y encuentran irregularidades a cada paso que analizan, esto es por la simple y sencilla razón del mal uso de estas instituciones por pare de los autores intelectuales de los delitos fiscales y financieros, el objetivo está aquí´, reflejado, por eso estas instituciones son las primeras en que van a caer en los delitos de evasión fiscal y de lavado de dinero.
Las infracciones administrativas de instituciones financieras. Cuando uno analiza el monto de multas de las instituciones financieras, puede comprender el avance en este control, cada ley especial, regula a una institución diferente, esto es lo que hace la especialización financiera tan compleja, por eso, la regulación de la ley de PLD es el todo, las partes vienen en cada ley especializada.
Las intervenciones. Un negocio intervenido es cuando los dueños pierden el manejo de sus finanzas, ídem sus clientes, el manejo del dinero queda sujeto a la investigación de operaciones vulnerables que no estén dentro del lavado de dinero, pero en tanto, el capital de las instituciones financieras intervenidas, que da fuera del control de los depositarios y dueños de las empresas.
Durante la intervención de una negociación antes de entrar en la caja de la oficina ejecutora 10% de los ingresos, incluidos los que se perciban a través de transferencias electrónicas y depósitos bancarios, se deben pagar las cantidades por concepto de salarios, créditos preferentes, costos y otros gastos indispensables para la operación de la negociación.
Esto debido a que la legislación anterior no permitía que los ingresos percibidos por la negociación se utilizaran para mantener su operación, lo podía ocasionar que ésta se descapitalizara.
La suspensión de actividades. En el caso de las cajas de ahorro, las oficinas ya no abren al público, los ahorradores pierden le manejo de su dinero, hasta en tanto no se resuelva la situación de las cajas de ahorro, algo que una persona que vive al día, debe sentir que es la definición de felicidad.
El pago a los clientes de las cajas de ahorro en proceso de suspensión tardará alrededor de cuatro años, según Guillermo Barnes, director general del Fideicomiso Fipago.
Aceptó que el proceso de pago sí es largo pero no por causas atribuibles al Fipago y gran parte de la rapidez en la entrega de los apoyos depende de las entidades federativas, las cuales tienen que hacer la auditoría de las cajas que cerrarán y destinar una partida de su presupuesto de egresos para el pago a ahorradores.
Las 71 cajas que deberán suspender operaciones ya fueron informadas por el fideicomiso y estas cooperativas tienen cerca de 380 mil socios.
La cancelación de permisos, autorizaciones, registros y patentes. Cada elemento es diferente, veamos:
Permiso: Por otra parte también llamamos permiso al documento que solicitamos a ciertas autoridades que pertenecen a un ente determinado, claro está cumpliendo con una serie de requisitos que estos demandan; se habla de permisos que utilizamos para ciertas necesidades como el permiso para manejar vehículos, para poder ejercer una profesión en especial, para poder entrar en ciertos sitios no permitidos a todo tipo de público, para poder habilitar un comercio entre muchos otros.
Autorización: Acto o documento a través del cual se permite a una persona realizar aquello que solicita, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos por las leyes para cada caso.
Registro: Es la Inscripción jurídica o comercial de una determinada marca comercial:
Patente: Es  un conjunto de derechos exclusivos concedidos por un Estado al inventor de un nuevo producto o tecnología susceptibles de ser explotados comercialmente por un período limitado de tiempo, a cambio de la divulgación de la invención. La patente se enmarca dentro de la propiedad industrial, que a su vez forma parte del régimen de propiedad intelectual.
Multas millonarias por incumplimiento. Cuando se presentan estas multas por incumplimiento de obligaciones financieras, llegan a ser hasta de 6.5 millones de pesos en casos máximos en materia de sociedades cooperativas de cajas de ahorro, y cada institución financiera tiene su propia ley y su propia sanción, es una especialización en las diferentes actividades financieras.
Las obligaciones de instituciones financieras. Es el momento en que cada institución debe cumplir una serie de requisitos de cumplimiento financiero, fiscal y contable, los mecanismos de control son diferentes y casi nadie los ha cumplido por la falta de conocimiento, y con esta ignorancia llegan las multas y las sanciones administrativas, la ignorancia de la ley, les comienza a costar dinero, puede costarles el permiso de operación.
Las obligaciones de empresarios. Ya no solo se trata de cuidar la contabilidad, la contabilidad digital, las obligaciones fiscales, estas deben armonizar con los movimientos financieros, cuando las cajas de ahorro pretendan ahorrar en las operaciones, el costo les resultará elevado.

Pero las mejores son las Sofomes y las sofoles, fueron utilizadas directamente para evasión fiscal y para captar recursos como instituciones financieras, como lo describió el zócalo de Saltillo, herencias de Outsourcings fraudulentas, o en caso de Tuxtla en muchas de estas, para operar como cajas de préstamos usurarios, fue lo CREAtivo de pillos que robaron dinero del Outsourcing fraudulento, crearon CASTILLOS en el aire.

LAS VEINTE ETAPAS DEL FRAUDE FISCAL Y DEL LAVADO DE DINERO

LAS VEINTE ETAPAS DEL FRAUDE FISCAL Y DEL LAVADO DE DINERO





20 etapas de un camino al infierno. UN CAMINO DESOLADO QUE ES MÁS DIFÍCILES A CADA PASO. Estafadores, lavadores y ladrones en el camino del contribuyente. Las consecuencias de no prever o de buscar soluciones reales a tiempo.


I.        PREPARANDO EL DELITO
II.      INVESTIGANDO EL DELITO
1.       La primera etapa. Cuando se compra el esquema de fraude o se ingresa al Outsourcing.
2.       Segunda etapa. Se presentan las declaraciones y/o se pide la devolución del IVA amparados en facturas falsas.

3.       Tercera etapa. La autoridad fiscal, comienza a investigar esta conducta probablemente delictiva.
4.       Cuarta etapa. La Unidad de Inteligencia Financiera, recibe informes y/o compulsas y determina la probable existencia del delito fiscal y/o lavado de dinero.
5.       Quinta etapa. El expediente se forma en el SAT.
6.       Sexta etapa. El expediente pasa a Procuraduría Fiscal de la Federación.




III.    COMIENZA LA ETAPA DEL PROCESO PENAL FISCAL
IV.   INICIO DEL PROCESO PENAL FISCAL
7.       Séptima etapa. La fiscalía especializada en delitos fiscales y de banca, la averiguación previa.
8.       Octava etapa. Se consigna el expediente a un Juez de Distrito.

9.       Novena etapa. La orden de aprehensión y la detención del inculpado.
10.   Décima etapa. Las primeras etapas del proceso.
11.   Décimo primera etapa. La incredulidad del destino del procesado.




V.                  EL COSTO DE LA DEFENSA LEGAL
VI.                BUSCADO MILAGROS
12.   Décimo segunda etapa. El himno del evasor, “No tengo dinero”, y buscar milagros, y baratos.
13.   Décimo tercera etapa. La actuación del abogado defensor y la estrategia de la defensa penal fiscal.
14.   Décimo cuarta etapa. Las fianzas, o el proceso por delitos graves.

15.   Décimo quinta etapa. El proceso por lavado de dinero y los pecados de los traspasos financieros.
16.   Décimo sexta etapa. La sentencia condenatoria y la pesadilla aumenta.
17.   Décimo séptima etapa. Las apelaciones y defensas subsecuentes, buscando el milagro imposible.




VII.LA RESPONSABILIDAD DE ASESORES
VIII.            TIPOS DELICTIVOS
18.   Décimo octava etapa. La definitividad en la sentencia. La reparación del daño y el infierno en la tierra.
19.   Décimo novena etapa. La responsabilidad penal y civil de asesores fiscales fraudulentos.
20.   Vigésima etapa. Las consecuencias de no prever o de buscar soluciones reales a tiempo.

21.   Fraude fiscal
22.   Fraude fiscal calificado.
23.   Contrabando.
24.   Contrabando calificado.
25.   Delitos contables.
26.   Otros delitos fiscales.
27.   Lavado de dinero.
28.   Delincuencia Organizada.


IX.      CAMINOS DEL MAL
X.                  LAVADO DE DINERO
29.   Empresas fantasmas.
30.   Compra venta de facturas.
31.   El Outsourcing a sus órdenes.
32.   El sistema financiero para esconder el producto del delito.
33.   Traspasos entre cuentas fantasmas.
34.   Depósitos al extranjero.
35.   Compra de inmuebles producto del fraude fiscal.
36.   Una riqueza para presumir a lo bobo.



XI.   LA SANCIÓN PATRIMONIAL
XII.              LA SANCIÓN DE LIBERTAD
37.   La reparación de daño.
38.   Decomisos.
39.   Multas.
40.   Aplicación de la ley de Extinción de Dominio
41.   Delincuente primario, pena mínima.
42.   Delincuente reincidente, pena media.
43.   Delincuente habitual, pena máxima.
44.   Acumulación de sanciones.
45.   Penas sucesivas para cumplir.


XIII.            LA LIBERTAD BAJO FIANZA EN EL PROCESO

XIV.           LOS RECLUSORIOS
46.   Solicitar la fianza con detenido.
47.   Los montos y las garantías del proceso.
48.   Los límites de la libertad del procesado.
49.   La actualización del perjuicio por parte de la autoridad.
50.   La disyuntiva del procesado.
51.   La llegada por vez primera.
52.   El COC.
53.   Lo que debe saber cuándo se llega a un reclusorio.
54.   Exámenes de peligrosidad.
55.   El costo del proceso en dinero y en calidad de vida.
56.   El costo para la familia.
57.   La vida en reclusión cuasi permanente.